Mediante un procedimiento abreviado y a partir de una imputación formulada por el asistente letrado Bruno Miciullo, tres personas fueron condenadas por la venta de drogas, en una causa que se originó a partir de denuncias anónimas y tareas de investigación del Departamento Antinarcóticos de la Policía.
Según expuso el representante del MPF, el caso se inició formalmente el 7 de noviembre de 2025, cuando se formularon cargos contra Valeria Andrea Prieto, Aarón David Sosa Zidan y Lautaro Della Longa. En aquella instancia, la acusación era por comercio de estupefacientes agravado, pero el avance de la investigación y el análisis de la prueba permitieron modificar la calificación legal y arribar a un acuerdo abreviado.
Prieto y Sosa Zidan comercializaron estupefacientes desde una vivienda ubicada en el barrio San Lorenzo Norte de la ciudad de Neuquén. La actividad se desarrolló, al menos, entre julio y noviembre de 2025, bajo la modalidad conocida como “pasamanos”, con un total de 195 movimientos compatibles con la venta de droga registrados durante 78 horas de observación policial. Prieto dirigía la actividad y resguardaba el dinero y las sustancias, mientras que Sosa Zidan colaboraba en la venta al público.
Durante un allanamiento realizado el 6 de noviembre de 2025, se secuestraron envoltorios de cannabis sativa y clorhidrato de cocaína, una balanza de precisión y más de $1,3 millones en efectivo.
En cuanto a Della Longa, la fiscalía lo desvinculó del comercio de estupefacientes y le atribuyó la tenencia simple de droga y la tenencia ilegítima de un arma de fuego de uso civil condicional. En su domicilio se hallaron estupefacientes, una pistola calibre 380 apta para el disparo, municiones, dinero en efectivo y otros elementos, sin que contara con autorización legal para portar el arma.
La fiscalía calificó la conducta de Prieto como autora del delito de comercio de estupefacientes; la de Sosa Zidan como partícipe secundario del mismo delito; y la de Della Longa como autor de tenencia simple de estupefacientes en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego.
Como resultado del acuerdo, Valeria Andrea Prieto fue condenada a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y al pago de una multa de 45 unidades fijas. Aarón David Sosa Zidan recibió una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y una multa de 22,5 unidades fijas, mientras que Lautaro Della Longa fue condenado a 3 años de prisión condicional.
Además, se impusieron reglas de conducta para los condenados con penas condicionales, entre ellas fijar domicilio, presentarse periódicamente ante la autoridad judicial, abstenerse del consumo de estupefacientes y someterse a evaluaciones médicas. En el caso de Della Longa, el dinero secuestrado será donado a una institución de bien público vinculada al tratamiento de adicciones.
Las defensas y los imputados renunciaron a los plazos de impugnación, por lo que la sentencia quedó firme en la misma audiencia. El acuerdo y las condenas fueron homologados por el juez Juan Guaita.
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