Por pedido de la fiscal del caso Silvia Moreira, quien tuvo en cuenta la postura de familiares de víctimas que murieron en un incidente vial, una jueza de garantías rechazó que se le otorgue la suspensión de juicio a prueba al imputado por provocarlo.
Ocurrió durante una audiencia realizada ayer, en la que apenas la magistrada resolvió el planteo, la defensa pidió un cuarto intermedio de 10 minutos y, al regresar, el imputado aceptó declararse responsable y ser condenado.
Moreira, que se opuso a otorgar una suspensión de juicio a prueba o a resolver el caso mediante una salida alternativa, presentó la acusación contra el imputado, Gonzalo Matías De Auta. Precisó que los hechos ocurrieron el 21 de febrero de 2024, a las 18:30, sobre la Ruta provincial 7, en la picada número 10 de San Patricio del Chañar. Ese día, De Auta conducía un camión de la empresa Tres Ases, transportando un tractor, en sentido oeste. Por la misma ruta circulaba una camioneta de la empresa CN Sapag, conducida por Josué Daniel Vale, quien se movilizaba junto a Martín Hernán Ortiz, Jesús Lautaro Ortiz y Néstor Daniel Zapana. En una zona recta, el camión invadió el carril contrario y Vale intentó evitarlo, pero no logró evitar el impacto. Detrás de la camioneta circulaba otro vehículo, que al realizar una maniobra evasiva, impactó sobre el tráiler del camión, y provocó un vuelco.
Como consecuencia del choque murieron Josué Daniel Vale y Martín Hernán Ortiz, y resultaron lesionados Lautaro Ortiz y Néstor Daniel Zapana.
La fiscal del caso calificó todo como homicidio culposo, por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo, agravado por la pluralidad de víctimas (dos hechos); en concurso ideal con lesiones culposas, leves y graves, por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo, agravadas por la pluralidad de víctimas (artículos 84 bis, segundo párrafo; 94 bis, segundo párrafo; en virtud de lo normado por el artículo 39, incisos “a” y “b”; y 53 de la Ley 24449; 45 y 54 del Código Penal).
La jueza Natalia Pelosso, quien al inicio de la audiencia rechazó suspender el proceso a prueba en virtud de que, como fundamentó la fiscal del caso, en caso de una condena la escala penal prevista va de los 3 a los 6 años y, en consecuencia, la pena podría ser de prisión efectiva; resolvió hacer lugar al acuerdo alcanzado y declaró la responsabilidad de De Auta.
Con la declaración de responsabilidad acordada, resta que se debata la pena a imponer. Esa instancia se resolverá en otra audiencia, con la producción de prueba de las partes, en un plazo que, por disposición de la jueza, no podrá realizarse antes de los dos meses.
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