miércoles, julio 30, 2025

Descartan “probation” y confirman las acusaciones por la explosión en una refinería

El juez de garantías Diego Chavarría Ruiz coincidió con el planteo del fiscal jefe Gastón Liotard y de la fiscal del caso Ana Mathieu y descartó los dos últimos intentos de las defensas para mejorar la situación de las personas imputadas.
Por un lado, rechazó atenuar los delitos que les atribuye la acusación y, por el otro, desestimó un pedido para que uno de los acusados suspenda el proceso a prueba. De ese modo, la audiencia de control de la acusación continúa con la verificación de las pruebas y testigos que las partes llevarán al juicio.
Con las resoluciones tomadas por el juez, los seis imputados por la explosión en la refinería New American Oil S.A (NAO) que, ocurrida en la ciudad de Plaza Huincul el 22 de septiembre de 2022, provocó la muerte de los trabajadores Víctor Herrera, Gonzalo Molina y Fernando Jara, serán juzgados ante un tribunal colegiado.
Dolo o culpa:
La clave de la audiencia de control de acusación de hoy estuvo en la intención de las defensas de quitar la figura del “dolo eventual” en los delitos atribuidos. El juez rechazó esa posibilidad y mantuvo las imputaciones de la fiscalía y la querella: estrago culposo en su forma agravada por el resultado muerte respecto de R.G.A; y a estrago con dolo eventual en su forma agravada por el resultado muerte para G.F.M.T.M; S.F.S; G.B; C.N.G; y A.E.N.
La audiencia comenzó a primera hora de ayer y continuó hoy. El juez debía resolver, sobre los pedidos de las defensas y los posicionamientos de la fiscalía y la querella, los pasos a seguir en la investigación.
El primer punto saldado fue el rechazo para suspender el proceso a prueba respecto de R.G.A, quien es el único de los imputados a quien se le atribuye haber tenido “culpa” y no “dolo eventual”, es decir, haber incurrido en una negligencia. Liotard y Mathieu se opusieron al planteo, entre otros puntos, porque si bien la escala penal va de 1 mes a 5 años, la fiscalía pretenderá una pena de ejecución efectiva, dado el grave resultado -3 muertes- y la repercusión social de lo ocurrido, con el impacto que tuvo el incidente en una localidad estrechamente relacionada con la actividad de la refinería.
El juez encontró fundada la oposición fiscal y la respaldó, por lo que dispuso que, como en el resto de los imputados, la situación de R.G.A se resuelva en el juicio.
Luego, ante el pedido de las defensas para considerar que en todos los casos, las conductas se encuadraron en la negligencia o culpa, también se apoyó en el rechazo expresado por la fiscalía.
“Culpa implica un descuido, una negligencia. Y estamos muy lejos de eso. Podemos aceptarlo en un novato o en el gerente general, que operaba a distancia y no tenía la especialización. Pero no al resto”, sostuvo Mathieu, en referencia al conocimiento y a la experiencia de los imputados respecto de los riesgos que implicaban las conductas de control que se omitieron.
En el mismo sentido, Liotard agregó que en el dolo eventual, “lo central es que el autor se representa el peligro común que puede generar un estrago en una refinería, y si aun así nada hace, actúa con un dolo de peligro. Y con eso basta. Eso sostiene la jurisprudencia”.
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías volvió a coincidir con el posicionamiento del Ministerio Público Fiscal, ratificó la acusación de acuerdo con las variantes del “dolo eventual”, más graves que las que intentaron las defensas.
“Advierto que existen circunstancias que determinan el siniestro: incumplimientos y falencias en los equipos e instalaciones. Hubo un antecedente, pero a pesar de eso, las personas acusadas continuaron sin adoptar ninguna medida que hubiera podido evitar”, evaluó Chavarría Ruiz, quien tras avalar la acusación fiscal, dispuso la continuidad de la audiencia con el análisis de la prueba.
Concluida esa etapa del control de acusación, el juez resolverá el pase a etapa de juicio y la oficina judicial deberá fijar el día y la hora.
La explosión:
El hecho ocurrió el 22 de septiembre de 2022, alrededor de las 04:10, en la refinería y base de la empresa New American Oil S.A, situada en calle 3 del Parque Industrial de Plaza Huincul.
Durante la primera jornada del control de acusación, el fiscal jefe describió que tres operarios de la empresa, Víctor Herrera, Gonzalo Molina y Fernando Jara, trabajaban en el lugar cuando “se produjo un fuerte zumbido y en forma simultánea una emisión violenta a la atmósfera de los productos contenidos en el sector de procesos, más específicamente en el interior del Tanque 205, lo que ocasiona a su vez una nube de vapores o spray inflamables”.
Luego, sostuvo, “se tiñó la planta de negro, creando una mezcla altamente explosiva. Es así que esta nube de vapores al tomar contacto con una fuente de ignición idónea como fue uno de los artefactos eléctricos dentro de la sala de control – ubicada irregularmente a solamente 15 metros del ya indicado Tanque 205, el cual se inflama, o sea, se prende la mezcla y en su retroceso produce la explosión del Tanque 205 y la voladura del techo del mismo”.
Agregó que la combustión, “también llamada deflagración, se produce con una onda expansiva y frente de llama de modo casi instantáneo, ocasionando la muerte de los operarios Víctor Herrera, Gonzalo Molina, Fernando Jara, que se encontraban trabajando y quienes se conducían a la sala de bombas donde se encontraba una artesanal y precaria red contra incendios, quedando atrapados las tres personas en la bola de fuego producida al quemarse la masa de vapores emitidos, afectando además las instalaciones propias y linderas a la refinería, las cuales también fueron envueltas en llamas por los altos niveles de radiación térmica”.
El fiscal jefe precisó que las víctimas fallecieron producto de la exposición de sus tejidos a elevadas temperaturas, tanto en forma externa como en forma interna por inhalación, “concomitante con humos y productos liberados por la ocasión del fuego”.

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