Por pedido del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y del fiscal del caso Manuel Islas, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que la cámara Gesell realizada a una adolescente menor de edad que denunció haber sido víctima de un abuso sexual, sea incorporada al juicio en el que se discutirá la responsabilidad del acusado, y de este modo ella no tenga que declarar durante el debate.
La decisión de la Sala Penal del TSJ, integrada por Alfredo Elosu Larumbe y Soledad Gennari, avaló el requerimiento del fiscal jefe y del fiscal del caso, y dejó sin efecto la resolución de un Tribunal de Impugnación (T.I) que había resuelto la asistencia de la víctima para prestar testimonio ante el tribunal de juicio; y también dejó sin efecto la decisión previa de un juez de garantías para que se realice una pericia psicológica a la adolescente antes del juicio con el objetivo de establecer si podía declarar.
El planteo de los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) mediante una impugnación extraordinaria ante el TSJ, fue que la decisión del T.I producía revictimización (al forzar a la adolescente a declarar de nuevo sobre los abusos sexuales cuando ya lo hizo en el ámbito de la cámara Gesell). Y que vulneraba la tutela judicial efectiva reforzada, así como el interés superior de la adolescente menor de edad, al resolver sin perspectiva de género y de infancias. Lo cual, resulta incompatible con las normas de jerarquía constitucional, la legislación nacional y provincial.
La adolescente “ya dio su testimonio en una cámara Gesell válida (hubo control pleno de esa prueba por parte de la defensa y no fue cuestionada su legalidad)”, plantearon Breide Obeid e Islas. “Esa declaración es fundamental para la correcta reconstrucción de los hechos”, resaltaron, y puntualizaron “sin la misma no habría caso y si eso sucede por una decisión revictimizante se incumpliría la debida diligencia reforzada que implica prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres”.
Con estos argumentos, pidieron que se deje sin efecto la decisión del T.I y que se ordene la reproducción de la cámara Gesell de la adolescente menor de edad en el juicio.
Al planteo del MPF, adhirió la defensora de la Niñez y Adolescencia, Natalia Rapazzo, quien intervino en representación de los derechos de la víctima y remarcó que “las víctimas menores de edad no deben ser tratadas como objeto de prueba sino como sujetos de derechos; que el sistema de justicia debe evitar la reiteración del testimonio cuando ya ha sido legalmente producido mediante mecanismos diseñados para su resguardo, como lo es la cámara Gesell; y que la reiteración innecesaria del relato sobre hechos traumáticos constituye revictimización secundaria”.
El vocal Elosu Larumbe, con la adhesión de Gennari, indicó al admitir la impugnación que “la decisión que dispuso que la adolescente preste un testimonio en el debate -cuando ya había declarado en cámara Gesell- podría ocasionar una vulneración de sus derechos de jerarquía constitucional; lo que torna necesaria una tutela inmediata de los mismos. De tal modo, estimo que esta vía constituye la única oportunidad existente para evitar un gravamen de imposible reparación ulterior a la menor presunta víctima”.
En este contexto, la resolución del TSJ destacó que “no se encuentra controvertido que: la adolescente declaró en cámara Gesell cuando tenía 15 años de edad; que se cumplió con todas las previsiones legales y protocolos existentes; que la defensa fue notificada en forma previa a la realización de esa medida; y que la asistencia técnica del imputado participó en forma activa de la misma”.
Además, que en la audiencia de control de acusación que abrió la etapa de juicio, el MPF y la defensa institucional “ofrecieron la reproducción de la cámara Gesell de la presunta víctima en el juicio y la defensa se opuso a la misma, pretendiendo que la menor declare en el debate. En tales términos quedó trabado el incidente”.
La Sala Penal sostuvo que “el órgano revisor se limitó a determinar si la presunta víctima, por su edad -17 años en ese momento-, tenía la capacidad para prestar un testimonio en juicio. Esto, sin tener en cuenta las circunstancias concretas y particulares del presente caso. Es decir, se encuentra firme la elevación del caso a juicio por hechos atribuidos que configurarían un concurso de delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, presuntamente cometidos contra una niña y encontrándose acusado un familiar de la misma”.
En este contexto, “el Tribunal de Impugnación priorizó el derecho del imputado a confrontar una prueba de cargo (que no había sido vulnerado, ya que la asistencia técnica del mismo participó en forma activa de la cámara Gesell de la adolescente), sobre el derecho de la menor a no padecer una revictimización secundaria. Y de tal modo, con esa decisión también se afectó el interés superior de la adolescente que debe orientar la resolución de este tipo de casos”.
En definitiva, “en el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación observo que por el solo dato de que la adolescente ha superado los 16 años previo al debate (aunque actualmente siga siendo menor de 18 años), se le impuso la obligación de que preste nuevamente declaración ante el tribunal de juicio, para que la defensa pueda contrastar esa prueba de cargo. Tal decisión no solo inobserva la normativa antes detallada sino que, reitero, también resulta aparente. Es decir, se afirma una posible afectación del derecho de defensa del acusado si no se permite confrontar a la adolescente en el debate, apartándose de las constancias del legajo; de las que surge que la asistencia técnica ya había propuesto sus interrogantes a la entrevistadora al realizarse la cámara Gesell”.
Ministerio Público Fiscal logró que se incorpore cámara Gesell a un juicio por abuso sexual
